“La Constitución de Puerto Rico debe ser la
única constitución en la historia de la humanidad autorizada, corregida y
aprobada por un país para otro, y a la que se le imponen condiciones, por otro
soberano, sobre cómo puede ser enmendada[1]”.
(Publicación tomada de un ensayo inédito nuestro sobre el status de Puerto Rico y las Relaciones Internacionales de los Estados Unidos.)
"El que olvida su historia está condenado a repetirla"-. George Santayana
Interesante; hoy en Puerto Rico algunos celebran la Independencia de un país que no respeta el derecho a la Independencia de otros, como es nuestro caso. Tampoco nos considera dignos o meritorios para ser tratados como iguales (ciudadanos de tercera clase). obligados a ser considerados ante el extranjero como un territorio o protectorado, pero funcionando realmente como una colonia. En buen español: No somos colonia, pero funcionamos como tal en la práctica.
Debemos recordar que al mantener una colonia; los Estados
Unidos se habrían visto “algo mal” ante las Naciones Unidas, y
al crear lo que para nosotros es el Estado Libre Asociado y para ellos es el
Commonwealth of Puerto Rico, eliminaban la obligación de estar rindiendo
informes cada cierto tiempo a la ONU sobre “su colonia”, o sea, nosotros.
Entremos a los documentos; el extracto expuesto a continuación, incluido en su totalidad en la Ley Publica
447, del 82do. Congreso, bajo el título de “Resolución
Conjunta aprobando las Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico,
que fue adoptada por el pueblo de Puerto Rico en 3 de marzo de 1952”, nos dice lo siguiente:
“Por cuanto, no hay en el idioma español un vocablo
que sea exactamente equivalente al vocablo inglés “commonwealth” y para traducir
“commonwealth” al español es preciso recurrir a una expresión compuesta, con
palabras suficientes para expresar el concepto estado y el de libertad y de
asociación del estado;
Por
cuanto, en tal virtud la más adecuada traducción al español del vocablo inglés
“commonwealth” en el caso de Puerto Rico, es la expresión “estado libre
asociado”, pero no sería propio retraducir del español al inglés “estado libre
asociado” por “associated free state”, puesto que, en el lenguaje corriente, el
concepto “state” significa en Estados Unidos uno de los estados que integran la
unión;
Por tanto, Resuélvase por la Asamblea Constituyente de
Puerto Rico:
Primero:
Que el nombre en español del cuerpo político creado a virtud de la Constitución
que por esta Convención se adopte para someter al pueblo de Puerto Rico, habrá
de ser “Estado Libre Asociado” usando tal frase como equivalente y traducción
adecuada en nuestro caso del vocablo inglés “commonwealth[2]”.
Esta
ley fue adoptada y proclamada meses antes de la fundación del ELA; la misma la
incluimos porque confirma nuestra tesis, la del juego de palabras, el uso de lo
ambiguo… En especial en las partes importantes de cada contrato o documento;
dando la oportunidad a la manipulación de la verdad por nuestros pseudo-líderes.
¿Quién
se puede creer el cuento de lo que establecen sobre “commonwealth” y “Estado
Libre Asociado”? Recordemos también que la implantación de la mordaza estaba
vigente en Puerto Rico; y continuó así hasta 1957, donde los insurrectos[3] ya
no representaban gran peligro y no había vuelta atrás, según ellos. Simplemente
nos debe dar coraje e indignación; por la manipulación tan notable de la
verdad; la cual debe ser transparente para todos.
En cuanto al término etimológico y comparativo entre
el idioma inglés y el idioma español, sumándole su significado político y
resultado social; nuestro “Estado Libre Asociado” es una mera hipocresía y
manipulación político-histórica, por tanto lo señalamos como inaceptable e
repudiable. Ya que ni somos Estado, ni estamos libres, ni tampoco estamos
asociados; quizás el término más justo a nuestra situación es manipulados. Para
añadirle puntos a favor de nuestro planteamiento presentamos unos datos
importantes sobre la Constitución de los
Estados Unidos:
A) Artículo I: Sección 1. Todos los poderes legislativos
otorgados por esta Constitución residirán en un Congreso de los Estados Unidos
que se compondrá de un Senado y de una Cámara de Representantes.
Análisis:
En ningún momento menciona al Presidente.
B) Artículo I: Sección 5.
…Cada Cámara tendrá un diario de sesiones, que publicará periódicamente,
con excepción de aquello que, a su juicio, deba mantenerse en secreto;…
Análisis:
En este extracto de la sección 5; se resume la organización de la política
americana y humana en sí, y confirma su necesidad de los “hacedores de las
leyes”. Donde adrede; establecen leyes
ambiguas; para poder manipularlas dada la circunstancia… y poder “salirse con
la suya”.
C) Artículo III: Sección 2. … El Tribunal Supremos tendrá jurisdicción
original en todos los casos que afectaren a embajadores, ministros y cónsules
públicos y en aquellos en que un estado fuere parte…
Análisis:
En el caso de Puerto Rico; al ser un Commonwealth, quien tiene jurisdicción es
el Presidente de los Estados Unidos.
D) Enmienda II: Siendo necesaria para la seguridad de un
Estado Libre una milicia bien organizada, no se coartara el derecho del pueblo
a tener y portar armas.
Análisis: ¿Por qué nosotros no? ¡Si
esta enmienda lo establece claramente! Simplemente porque al considerarnos
distintos; y por tanto, inferiores…todavía. Al suprimirnos ese derecho;
aseguran un mayor control sobre nuestro pueblo.
Otro detalle importante en nuestra
investigación es que notamos que los Estados Unidos carecen de idioma oficial;
aunque todos damos por sentado que es el inglés.
Para culminar; debemos señalar que el
puertorriqueño en general está muy orgulloso de su raza; incluso, aquellos que
viven en los Estados Unidos más inmersos en la cultura americana. Todo
puertorriqueño vive muy pendiente de sus atletas, equipo nacional, concursos de belleza, o
simplemente de cualquier compatriota que
se esté destacando a nivel mundial. A nuestro entender; todo puertorriqueño,
incluso hasta el más estadista, lleva por dentro ese orgullo de que esta isla
tan diminuta y con tantos problemas,
siempre produzca boricuas que brillen en el escenario mundial. Pero el celebrar un día como hoy y el día de la Constitución del ELA (25 de julio), luego de haberles presentado los datos históricos de nuestra situación a la temática a celebrar, lo consideramos algo parecido a celebrar la injusticia de la justicia. En fin; algo insensato.
Aquél que no sabe su origen, está condenado a ser un fantoche del que sí lo sabe-. Pensamiento nuestro
[1] Cruz Ricart, Juan.
Memoria Corta: Una Breve Historia de
Puerto Rico. 1800 a 2000. Ed. Citum, Inc. 2006. Págs. 114 – 115.
[2] Banco Crédito y Ahorro Ponceño. Documentos Constitucionales del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico. Págs. 5-6.
[3] Pedro Albizu Campos y todas las
revueltas nacionalistas del 50. Dos años antes de la implantación del ELA.
¿Coincidencia? ¡No!
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